Maximina Arrieta Zubimendi

  • Estado civil: no disponible
  • Sexo: mujer
  • Lugar de nacimiento: no disponible
  • Fecha de nacimiento: no disponible
  • Fecha de defunción: no disponible
  • Lugar de residencia: Azpeitia (Gipuzkoa)
  • Profesión: Camarero-a
  • Rol: no disponible
  • Organización política: no disponible

Observaciones:no disponible

Relaciones familiares:Hermana: María

Biografía:

Oriunda del caserío Etxezuri. Al igual que su hermana María, Maximina fue detenida el 7 de julio de 1937, un día después de su regreso a Azpeitia, tras la denuncia interpuesta por Rosario Echevarria Altamira, Ignacia Bereciartua Azpiazu y Pilar Aguirre Pérez.

En el caso concreto de Maximina las denunciantes declararon ante la Guardia Civil que además de nacionalista y propagandista, "fue la causante de su detención, ya que incluso la letra que figura en la orden que les dieron era de la individua que denuncian". Sin embargo, meses más tarde y con Maximina presa en Ondarreta, tuvieron que retractarse de esta última acusación al tener constancia el juez militar instructor de que la orden de detención "estaba escrita a máquina y estaba firmada por el Frente Popular".

Por su parte, Falange y Guardia Civil avalaron las declaraciones de Roque Astigarraga y los hermanos Julián y Claudio Orbegozo, en las que se calificaba a la encartada de ser una persona nacionalista muy activa durante las elecciones. Además de ello, el informe de la Guardia Civil aludía a la participación de Maximina en la requisa de alimentos en varios caseríos, si bien, no pudieron aportar testigos que atestiguaran dicha denuncia.

Por el contrario, de nuevo Julián Elorza, esta vez junto a Francisco Gaztañaga, declararon en favor de la encausada. Según estas personas, a pesar de ser nacionalista y camarera del bar familiar Etxezuri, frecuentado por nacionalistas, Maximina era de buena conducta y no había participado en nada de lo que se le acusaba.

Finalmente, tras reconocer Maximina su filiación nacionalista y los servicios prestados en la comandancia de Gernika, y al mismo tiempo negar las acusaciones vertidas contra ella, el 13 de abril de 1938 le fue otorgada la libertad condicional. Un mes más tarde, el juzgado militar de Donostia la absolvió de todo cargo, alegando que "la denuncia contra ella presentada ha quedado desvanecida por las declaraciones de las mismas denunciantes". El 26 de septiembre de 1938 se dictó la libertad definitiva tanto de Maximina como de su hermana María.

Maximina fue sancionada por la CPIB bajo las mismas acusaciones esgrimidas contra su hermana María. Y al igual que ésta estuvo presa 10 meses coincidiendo con su procesamiento en consejo de guerra. Sin embargo, la sanción contra Maximina fue mayor, ya que ascendía a 15.000 ptas. Con todo, a Maximina también le fue rebajada la sanción a 750 ptas.

Vulneraciones

Crimen de lesa humanidad de persecución: depuraciones > Exilio forzoso

  • Autor: Estado español
  • Lugar: Bilbao
  • Fecha: / 1937-07-07
  • Azpeitia 1936-1945. Fuente: Bibliografía. (Ref. 978-84-944251-4-1).

Crimen de lesa humanidad de encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física > Prisioneros de Guerra

  • Autor: Guardia Civil
  • Lugar: Azpeitia
  • Fecha: 1937-07-07
  • Azpeitia 1936-1945. Fuente: Bibliografía. (Ref. 978-84-944251-4-1).

Observaciones:
Fue detenida en su regreso a Azpeitia.

Crimen de lesa humanidad de encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física > Penas de cárcel. Consejo de Guerra Autoridades franquistas

  • Autor: Consejo de Guerra
  • Lugar: Donostia
  • Fecha: 1937-08-00

Delitos

Delito Fecha Lugar Procesamiento Emisor Condena Fecha sentencia Condena conmutada Fecha conmutación
no disponible Consejo de Guerra Absolución 1938-05-13

Movimientos

Centro de origen Centro destino Fecha entrada Fecha salida
Prisión Provincial San Sebastián (Ondarreta) 1937-00-00

Crimen de lesa humanidad de persecución: depuraciones > Por orden judicial, gubernativa o militar > Penas económicas

  • Autor: Comisión de Incautación de Bienes
  • Lugar: Azpeitia
  • Fecha: 1938-00-00
  • Azpeitia 1936-1945. Fuente: Bibliografía. (Ref. 978-84-944251-4-1).

Observaciones:
Maximina fue sancionada por la CPIB bajo las mismas acusaciones esgrimidas contra su hermana María. Y al igual que ésta estuvo presa 10 meses coincidiendo con su procesamiento en consejo de guerra. Sin embargo, la sanción contra Maximina fue mayor, ya que ascendía a 15.000 ptas. Con todo, a Maximina también le fue rebajada la sanción a 750 ptas.

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